17 abril 2006

EN QUÉ CONSISTE UN PLAN MAESTRO?

Para quienes no saben, un Plan Maestro es una propuesta estratégica de organización de un territorio físico determinado. Éste corresponde a una visión consensuada de un grupo de actores involucrados (vecinos, Municipalidad) que miran el desarrollo de dicho territorio a largo plazo.
El Plan, para plasmar esta visión consensuada, es una herramienta íntegra, por lo que debe abarcar varias líneas de acción. Entre ellas destacan 3:
1. una propuesta espacial, de diseño (generalmente realizada por arquitectos), que responde a la forma física misma de lugar.
2. una propuesta normativa, que toma como base el Plan Regulador Comunal. Es decir, debe haber una base normativa, legal, que sirva de plataforma para que ciertas cosas pasen o no pasen en el territorio. Por ejemplo, si queremos que Maitencillo mantenga a futuro su condición rústica y residencial, debe haber una norma que prohíba la construcción de edificios en altura. O si queremos que permanezca esa relación bien medida entre lo natural y lo construido tan característica de Maitencillo, donde el verde de la meseta es tan protagonista como el mar, debe existir una norma que haga referencia a la ocupación del suelo; por ejemplo, la superficie edificable en un lote no debe superar al 50% del terreno total.
3. una propuesta de gestión, que implica una organización de actores o de hechos que son necesarios que sucedan para hacer factible el Plan. Por ejemplo, no basta con diseñar un espacio para los estacionamientos, sino que hay que ver cómo se van a administrar, si con el dinero recaudado se financiará tal pavimentación que fue diseñada en el Plan, etc., etc.

2 Comentarios:

a las 26 abril, 2006 00:26, Blogger GABI comenta...

Cosas que hay que considerar:
En el caso de Maitencillo, la propuesta de Plan Maestro nació desde la propia comunidad. La Municipalidad se ha mantenido al margen y, hasta lo que yo sé, no existe un gran interés o ganas por parte de la Municipalidad de internalizar la propuesta de Plan Maestro de Gubbins.
Las Municipalidades (ahora por ley) deben contar con un Plan de Desarrollo Comunal, donde fijan las directrices de desarrollo a futuro para su comuna. Puchuncaví actualmente no cuenta con este instrumento; lo está recién elaborando.
Sin embargo, se esta realizando un nuevo Plan Regulador Comunal –PRC- (las reglas del juego legales para operar sobre el territorio, como expliqué antes). El PRC vigente corresponde a 1988, que a parte de ser bastante permisivo, ya no es un buen instrumento para regular la situación actual de Maitencillo. En casi 20 años ya han pasado muchas cosas, por lo que la aprobación de un nuevo PRC es de vital urgencia. El municipio, por ley, debe presentar ante la comunidad su propuesta de PRC, previa la aprobación de otros organismos reguladores estatales. Si es que las tiene, la comunidad debe presentar sus observaciones a la Municipalidad dentro de un plazo determinado (30 días, si no me equivoco) y ésta debería responder estas inquietudes posteriormente (aunque legalmente no hay ningún mecanismo que la obligue a hacerle caso a los vecinos). Acá es de vital importancia opinar y hacer observaciones, porque es un instrumento de planificación que va a regir por mucho tiempo y definirá las futuras condiciones de ocupación del territorio de Maitencillo.

 
a las 27 junio, 2006 12:48, Blogger Carlos Parra comenta...

nos estmos organizando..tarde pero viene

 

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